Alianza correísta RC-RETO denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral que los dejaron en ‘indefensión’

La inconformidad de la alianza electoral entre el movimiento Revolución Ciudadana (RC) y Renovación Total (RETO), listas 5-33, con los resultados de las elecciones presidenciales del 13 de abril pasó al Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que dirimirá en última y definitiva instancia en un plazo programado hasta el 20 de mayo próximo.
El procurador de la coalición que auspició la candidatura a la Presidencia de Luisa González Alcívar, Francisco Estarellas, ingresó el 1 de mayo un recurso subjetivo contencioso ante el TCE en el que denuncia que fueron dejados en “indefensión” por el Consejo Nacional Electoral (CNE) respecto de su objeción a los resultados proclamados de la elección de presidente y vicepresidente de la República en segunda vuelta.
La causa está en el despacho de la jueza y presidenta del Tribunal Contencioso Electoral, Ivonne Coloma Peralta.
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En su escrito se detalla que el 30 de abril ingresó una impugnación en contra de una resolución del CNE, del 28 de abril, que no dio paso a una objeción, ya que no se configuraron los presupuestos establecidos en el Código de la Democracia para hacer un recuento de votos y declarar la nulidad de la votación de la dignidad de binomio presidencial.
Sin embargo, según Estarellas, el escrito se presentó dentro del plazo en la Secretaría del CNE, pero habría sido “recibido a las 02:20:58 del 1 de mayo de 2025” por “trabas y demoras” de los funcionarios electorales.
Eso los habría colocado “en un estado de indefensión”, por lo que recurrieron al Tribunal.
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La jueza Coloma ordenó que en el plazo de un día, luego de la notificación, el Consejo certifique si Estarellas ingresó algún escrito de impugnación.
Si lo hizo, el CNE tendrá que aclarar cuál es el estado procesal de esa impugnación y cuál fue la resolución.
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De acuerdo con el expediente, el Consejo habría tenido plazo hasta el domingo para enviar la documentación.
Justamente, el 2 de mayo último, el organismo no admitió a trámite una impugnación a la objeción en contra de los resultados que dieron la victoria al presidente de la República, Daniel Noboa, con el 55,63 %.
La candidata correísta, Luisa González, quedó en segundo lugar con el 44,37 % de los votos.
El CNE cerró la audiencia nacional de escrutinios el 24 de abril y proclamó los resultados obtenidos por cada binomio a la Presidencia.
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Desde entonces, la coalición político interpuso tres objeciones que fueron negadas por la autoridad electoral en sede administrativa.
Con informe jurídico del 28 de abril, los consejeros Enrique Pita, Diana Atamaint, José Cabrera y Esthela Acero; y, la abstención de Elena Nájera, se negó el recurso que objetaba 16.026 actas de escrutinio por inconsistencias numéricas y falta de firma de presidente y secretario de las juntas receptoras del voto.
De ese total, la RC-RETO pidió que se tomen en cuenta 2.685 actas de conteo y se declare la nulidad de las votaciones por aparentes casos de suplantación en el padrón electoral.
El Código de la Democracia y el reglamento de Trámites dan a los jueces hasta quince días para que se pronuncien sobre los casos contenciosos, cuya resolución será de última instancia.
El calendario electoral contempló que el Tribunal se tome hasta el 20 de mayo para resolver cualquier recurso, antes de que el 22 de mayo el CNE entregue las credenciales de autoridades electas a Daniel Noboa y su compañera en la Vicepresidencia, María José Pinto.
La posesión de los mandatarios se efectuará el 24 de mayo de 2025 en la Asamblea Nacional, según lo previsto. (I)
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