Claves de la reforma de la ‘ley mordaza’: buscar sustituto a las balas de goma y multas más bajas por desobedecer a la policía
La sustitución de las balas de goma que usan en ocasiones las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por otro tipo de material antidisturbios que no cause “lesiones irreparables” es la novedad más llamativa del acuerdo que han alcanzado el PSOE y Sumar con EH Bildu, uno de los socios más fiables del Gobierno, para la reforma de la ley de seguridad ciudadana, más conocida como ley mordaza. El Congreso la aprobó en 2015 solamente con los votos del PP, con mayoría absoluta, y entró en vigor en julio de ese año en medio de una gran contestación social. El PSOE, que la recurrió al Tribunal Constitucional, estuvo cerca de lograr un acuerdo con sus socios la legislatura pasada que finalmente se truncó por las diferencias en cuatro puntos que hasta hoy habían sido insalvables. El Gobierno aún necesita el apoyo de otras formaciones para sacar adelante la reforma. Estos son sus aspectos principales:
Pelotas de goma. El empleo de este material antidisturbios era uno de los principales escollos. La prohibición de su uso era para EH Bildu, ERC y Junts una condición imprescindible, pero el PSOE solo se abría a limitar su uso. Los sindicatos policiales rechazan su retirada porque consideran que “supondría una pérdida operativa” para los agentes cuando deben hacer frente a altercados callejeros violentos. Los Mossos d’Esquadra tienen prohibida, desde 2014, su utilización y emplean en su lugar proyectiles de foam, un material que no rebota y se deforma al impactar, por lo que supuestamente es “menos lesivo”. Las pelotas de foam también las usan la Ertzaintza y la Policía Foral de Navarra. El acuerdo entre PSOE, Sumar y EH Bildu, en todo caso, no especifica cuál será el material que reemplace a las pelotas de goma.
Un informe de junio de 2021 de la asociación catalana de defensa de los derechos humanos Iridia aseguraba que, entre los años 2000 y 2020, hubo 26 personas “afectadas” por el impacto directo de pelotas de goma. De ellas, una, el seguidor del Athletic de Bilbao Íñigo Cabacas, falleció. Otras 15 sufrieron la inutilización o pérdida de un órgano, la mayoría del globo ocular. El Ministerio del Interior compró cerca de 60.000 pelotas de goma a finales de 2022, en pleno debate parlamentario sobre su prohibición. “El uso de los proyectiles cinéticos denominados balas de goma se sustituirá progresivamente”, recoge el pacto conocido hoy, sin entrar en fechas concretas. El Gobierno deberá presentar un calendario para su sustitución.
Desobediencia y faltas de respeto a la autoridad. El pacto entre los partidos del Gobierno y EH Bildu dice querer poner fin a “la discrecionalidad” en las sanciones por faltas de respeto a la autoridad y desobediencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La ley mordaza permitió imponer 1.817.478 multas entre 2015 y 2022, según datos del Ministerio del Interior. Y casi una cuarta parte correspondieron a dos únicos artículos: el 36.6, que sanciona la resistencia, desobediencia o negativa a identificarse ante las fuerzas de seguridad, y el 37.4, que multa las faltas de respeto a la autoridad. En estas cifras no se incluyen las 1,14 millones de sanciones impuestas en los tres meses del primer estado de alarma por la covid, entre marzo y junio de 2020, luego anuladas por el Constitucional.
En la futura proposición de ley que presentará el Gobierno tras pactarla con EH Bildu, la desobediencia a la autoridad pasará de infracción grave a leve y se añadirá un criterio para que sea “manifiesta, clara y objetivable”. Se considerará desobediencia “manifiesta y clara” a las autoridades o agentes en el ejercicio de sus funciones “cuando se trate de la negativa a cumplir una orden legal o ajustada a la legalidad o al ordenamiento jurídico y cuando no sea constitutiva de infracción penal”. También se pasa a regular de esta manera la resistencia a la autoridad en la que exista “oposición corporal” cuando se trate de la “negativa a cumplir una orden legal o ajustada a la legalidad o al ordenamiento jurídico, y cuando no sea constitutiva de infracción penal”. El tercer supuesto será por “la negativa manifiesta y clara a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes”, así como la alegación “de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación”, como en los casos anteriores cuando no sea constitutiva de infracción penal.
Los insultos o injurias cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones serán leves cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal y deberá tratarse “de expresiones relevantes, sin que pueda considerarse sancionable la sola disconformidad con un mandato legítimo o el ejercicio fundamental a la libertad de expresión”. Asimismo, se dejará sin efecto la sanción cuando el sancionado “acceda a retractarse/disculparse por sus expresiones”.
Cuantía de las multas. La ley mordaza regula ahora mismo que las infracciones muy graves serán sancionadas con una multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, de 601 a 30.000 euros; y las leves, de 100 a 600 euros. En el nuevo texto se prevé que las faltas graves se sancionen con multas de entre 501 y 25.000 euros y las leves con una multa de entre 100 y 500 euros, según coinciden fuentes de varios grupos parlamentarios. Además, se incluirán baremos para que las sanciones sean progresivas y tengan en cuenta el salario de los posibles sancionados: si ganan menos de 1,5 del salario mínimo interprofesional (SMI) —que ahora mismo es de 1.134 euros mensuales en 14 pagas— se les aplicará una reducción de la sanción del 50%, y si es 2,5 veces inferior al SMI la multa a los infractores sería del 25% sobre la cuantía prevista.
Devoluciones en frontera. Las expulsiones en caliente de inmigrantes irregulares en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, nada más cruzar la frontera, no deberían volver a producirse, aunque habrá que ver la aplicación en la práctica de la nueva ley, según apuntan fuentes parlamentarias con cierto escepticismo. Amnistía Internacional (AI) y otros organismos como la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) —que también se movilizaron contra la ley mordaza antes de que fuese aprobada— denuncian desde hace años la expulsión de personas migrantes o refugiadas sin la debida protección ni garantías al no disponer de la oportunidad de explicar sus circunstancias, solicitar asilo o apelar su expulsión. Las devoluciones suelen ser colectivas y vulneran el derecho internacional si incluyen un uso excesivo de la fuerza u otras violaciones de derechos humanos.
El acuerdo del PSOE y Sumar con EH Bildu recoge que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la futura ley de seguridad “se abordará” la modificación de la Ley de Extranjería. El cambio propuesto es que esta deberá “reconocer y garantizar” los derechos de las personas migrantes y asegurar que las solicitudes de asilo se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa de derechos humanos y protección internacional de la que España es parte, “con estricto respeto al Derecho Internacional Humanitario”. De esta forma, la certificación e identificación de las personas potencialmente solicitantes de asilo y la evaluación sobre su acceso a las solicitudes de protección internacional “deberá realizarse en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos previamente al proceso de posible expulsión”. Un supuesto: una persona que entrase de forma irregular a España por la valla de Ceuta debería ser conducido al puesto habilitado en la frontera, donde le tomarían sus datos (identidad, edad, nacionalidad...) y, en caso de que solicitase asilo, se debería comenzar el procedimiento. La aplicación de estas medidas obstaculizaría por tanto las expulsiones.
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