Pablo Muentes recibe nuevamente una negativa a un ‘habeas corpus’ planteado en la Corte Nacional y se confirma que debe seguir en La Roca
De forma unánime los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Diego Gordillo (ponente), Rosana Morales y Gustavo Durango rechazaron el habeas corpus correctivo planteado por el exasambleísta del Partido Social Cristiano (PSC) y procesado en el caso Purga Pablo Muentes, con el que buscaba que se lo sacara de la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, pues aseguraba estar recibiendo amenazas de muerte y extorsión.
El abogado de Muentes, Diego Chimbo, solicitó el habeas corpus con el objetivo de que le permita salir de la cárcel bajo una medida alternativa a la prisión preventiva que recibió en Purga, causa en la que es investigado junto con otras 24 personas por el delito de delincuencia organizada.
La diligencia se instaló el 25 de septiembre pasado para escuchar los fundamentos de la acusación y la respuesta que mantenían las instituciones accionadas, como el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y autoridades de La Roca, pero luego de esas exposiciones la audiencia se suspendió para el siguiente día, 26 de septiembre, cosa que se repitió, quedando la continuación para el 27 de septiembre siguiente. Finalmente, la lectura quedó para este lunes 30 de septiembre.
El tribunal señaló, a través del juez ponente, que las amenazas supuestamente hechas en contra de Pablo Muentes de Alarcón deben tener un respaldo mínimo de certezas sobre la gravedad e inminencia que permitan constatar la vulneración de los derechos. ”Este tribunal constitucional no puede adoptar una decisión sobre la base de la sola denuncia o hechos inciertos, toda vez que debe contarse con elementos que permitan entrever que el daño o posible daño es la consecuencia o afectación que la violación al derecho produce”, anotó el juez Gordillo.
Días antes, el exlegislador socialcristiano informó al tribunal de las amenazas de muerte que habría recibido, de que aparentemente existían planes para asesinarlo e incluso que le gritaban que ya “estaba pedido”, que no atentarían contra él si depositaba dineros en la cuenta de un privado de la libertad.
“Anoche ya directamente me gritaron de una celda a otra que deposite un dinero en la cuenta de un privado de la libertad si quería vivir. Eso fue escuchado inclusive por los mismos señores de la Infantería de Marina, que son quienes dan el resguardo. (...) Hoy día, inclusive siento que tengo un poco más de protección, pero mi vida está en riesgo aquí, no al 99 %, sino al 100 %, señor juez”, contó en su momento Muentes a los jueces de la sala.
Muentes explicó a los magistrados que su vida está en riesgo en La Roca porque se estaría diciendo que el partido político del exasambleísta, el PSC, votó por el archivo de los juicios políticos contra la fiscal general, Diana Salazar. “Esa es la independencia del partido que tomó esa decisión. Hizo lo correcto o hizo lo incorrecto, el partido tomó la decisión y que tomó la decisión significa que debió haber hecho lo correcto en su momento. Pero eso no significa que me pongan a mí ahora, a mí como víctima, que van a dar una lección al PSC y me van a quitar la vida”.
Luego de esta acción política, dice Chimbo, se habría iniciado con retaliaciones dentro de La Roca. “Los internos, los líderes de las bandas están diciendo que mi patrocinado pactó con la Fiscalía General del Estado y que va a pagar las consecuencias por eso. Eso ha puesto en altísimo riesgo y de hecho, sobre esto tiene que pronunciarse y es lo que he exigido de la inteligencia naval, que es la que da seguridad en La Roca”.
El habeas corpus correctivo y sus pretensiones fueron rechazados, según el tribunal, porque buscaban tutelar los derechos a la salud e integridad, más no se pueden suprimir o modificar las medidas cautelares de prisión preventiva o penas con sentencias condenatorias imputoriales, ya que tal pretensión tiene un carácter excepcional, sujeta a presupuestos legales y policiales relacionados con padecimientos de salud o afectaciones a su integridad, especialmente graves, lo cual no acontece en el presente caso.
De Muentes los jueces dijeron que no ha acreditado que el procesado padezca de una enfermedad terminal o algunas circunstancias que agraven su salud, que el informe de la Subdirección de Protección y Seguridad Penitenciaria, proporcionado por el SNAI, reflejaría que Pablo Muentes no se encuentra en algún tipo de amenaza que atente contra su vida o integridad.
“Los atentados acontecidos no contaban con un objetivo específico, como lo sería el accionante de la causa, mucho menos se ha logrado demostrar que estos conlleven repercusiones por el partido político al cual indica que alguna vez representó Muentes. (...) Tampoco se verifican graves connotaciones a la integridad personal, sea física, psíquica, sexual o moral, que permitan dilucidar estos juzgadores de la práctica de tratos crueles, inhumanos o degradantes hacia el ciudadano Pablo Bolívar Fuentes de Alarcón, pues en mérito de toda la información y prueba proporcional y practicada en la audiencia constitucional se tienen por satisfactorias y convincentes las conclusiones a las que han arribado los informes presentados, sin que se haya publicado la existencia de afectación alguna que dé lugar a proteger la libertad, la vida, integridad física u otros derechos conexos de la persona privada o restringida de la libertad”, concluyó la sala.
Además de negar la acción constitucional requerida, los jueces del tribunal denegaron las pretensiones del accionante en cuanto a dejar sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva y que en su lugar se apliquen medidas alternativas a la adquisición de libertad. También se dispuso que se conmine a las autoridades responsables de la estancia carcelaria del procesado, es decir, SNAI, La Roca, así como Policía Nacional, Fuerzas Armadas y otras dependencias estatales, a que intervengan, a que mantengan las medidas de seguridad y custodia en cuanto a la integridad y dignidad humana del ciudadano Pablo Muentes, en apego al principio de coordinación.
Como cuarta resolución, los jueces de la CNJ conminaron a las autoridades de La Roca y el SNAI que, conjuntamente con el Ministerio de Salud Pública, continúen emprendiendo con especial seguimiento una atención médica oportuna y eficaz a Pablo Muentes, con el objetivo de resguardar su estado de salud en las condiciones que prevén la Constitución, las leyes ecuatorianas y los instrumentos internacionales. (I)
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