Por qué la víctima de violación en Francia da la cara y no se muestra la de los acusados
Gisèle Pélicot fue violada durante casi diez años por al menos 51 hombres mientras se encontraba inconsciente. Su marido, con el que llevaba 50 años casada, la drogaba hasta dejarla en un estado comatoso, para que decenas de hombres con los que contactaba por Internet la agrediesen sexualmente en su dormitorio mientras él grababa o fotografiaba las escenas. El juicio, que comenzó el pasado lunes, ha conmocionado a toda Francia. Más allá del horror que entraña el caso, es interesante porque la víctima pidió y logró que las vistas fueran públicas. Eso implica que puedan entrar periodistas a la sala, pero solo para transcribir lo que vean y oigan.
Además, Gisèle Pélicot autorizó a la prensa a grabarla entrando y saliendo del juzgado y tomando asiento en la sala antes de comenzar la vista. La decisión constituye una forma de activismo —al principio dudó, pero la convenció su hija— para señalar claramente a quienes deberían sentir la deshonra. “La vergüenza tiene que cambiar de bando...”, dijo su abogado, frase que se ha convertido en una bandera de este caso.
La decisión tomada por Pélicot, sin embargo, no implica que pueda hacerse lo mismo con los 51 acusados, entre los que se encuentra el marido, Dominique Pélicot, ni mantener las cámaras encendidas una vez ha comenzado el proceso (se comprueba también que los teléfonos móviles estén apagados). Las imágenes de los acusados que se han emitido en las televisiones han sido tomadas antes de que comenzase la vista y sin que aparezca el rostro de ninguno de ellos.
Los acusados detenidos (una treintena de los 51) entran por otra puerta distinta que les permite ocultar su rostro, pero tampoco lo necesitarían: la ley les ampara. ¿Por qué? Hasta abril de 2022, los juicios en Francia no podían grabarse y solo se permitía en casos que formaban parte de la historia de la República. Una ley aprobada ese año, sin embargo, cambió esa norma y abrió la posibilidad de tomar imágenes, pero de forma muy restringida. “Las grabaciones de las audiencias solo podrán ser difundidas cuando el caso haya sido definitivamente juzgado, con el acuerdo y el respeto de los derechos de las partes: derecho a la imagen, respeto a la vida privada, presunción de inocencia, derecho al olvido, interés superior de los menores o de los adultos bajo protección”, reza la norma.
Hay algunas excepciones a esta norma, como los casos de terrorismo. Para el resto de procesos, se recurre siempre a dibujantes que realizan esbozos de las escenas en las que toman parte los acusados y las víctimas. Esas son, precisamente, las únicas imágenes que se están distribuyendo de este proceso.
La ley aprobada en 2022 sigue siendo muy restrictiva. Si se quiere grabar un proceso o tomar fotografías, se necesita un consentimiento explícito de las partes y solo podrán ser distribuidas una vez haya terminado el juicio y se haya determinado la culpabilidad de los imputados. Aún así, hay muchos supuestos que siguen amparando a los acusados: “Todas las personas filmadas, tanto profesionales como litigantes, deberán completar un formulario de consentimiento relacionado con la grabación y la difusión de su imagen. Estos formularios se anexan a una orden publicada paralelamente al decreto de aplicación. La decisión de autorizar la grabación de las audiencias de los tribunales judiciales y de las cortes de apelación será otorgada, tras el asesoramiento consultivo del Ministerio de Justicia, por el primer presidente de la corte de apelación para las audiencias de dicha corte y de las jurisdicciones del orden judicial bajo su competencia”.
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