Audiencia preparatoria de juicio de Purga se convocó para el 17 de diciembre y juez advierte que no se aceptarán diferimientos

Audiencia preparatoria de juicio de Purga se convocó para el 17 de diciembre y juez advierte que no se aceptarán diferimientos

Para este martes, 17 de diciembre del 2024, fue convocada la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio en el caso denominado Purga, en el que se indaga el delito de delincuencia organizada relacionada con favores judiciales para terceras personas.

En una providencia del pasado martes, 11 de diciembre, el juez Javier de la Cadena indicó que la diligencia se realizará desde las 08:30 en el octavo piso, en las instalaciones de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), y también de forma telemática.

En dicha causa penal fueron vinculadas 25 personas, pero la Fiscalía General emitirá un dictamen acusatorio contra 23 de ellas. A otras dos se abstuvo de acusarlas.

El juez De la Cadena señaló que se ha detectado “que existen malas prácticas de los defensores con el afán de retardar el proceso”, y plasmó en su escrito una serie de advertencias a las partes procesales.

“Es obligación de los sujetos procesales asegurar su comparecencia a la audiencia convocada considerando los cortes programados de luz que se están realizando a nivel nacional. No se aceptarán justificaciones por fallas telemáticas...”, indicó.

No se aceptará cambio de defensa de última hora sin la debida justificación. Caso contrario, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 numeral 4 del Código Orgánico de la Función Judicial, que dispone: ‘Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general…'”.

“Además, se les recuerda a los defensores privados sus obligaciones al asumir el patrocinio de las causas, por lo que no se justificará que se presenten a audiencia a pedir diferimiento porque no se encuentran debidamente preparados. De igual manera, se advierte a los sujetos procesales que, en caso de inasistencia por razones médicas, deberá justificarse con alguno de los siguientes documentos: certificado médico debidamente avalado por el IESS, certificado otorgado por el Ministerio de Salud Pública o certificado de un médico particular; en el último caso, se convocará a un reconocimiento de firma y rúbrica del médico que suscribe el certificado o se podrá adjuntar reconocimiento de firma ante el notario público”.

El juez dijo que, si se encuentran irregularidades, “se remitirá el expediente a la Judicatura para que investigue las actuaciones de los defensores y, de ser el caso, se pondrá en conocimiento de Fiscalía General del Estado”.

“En caso de declararse en indefensión y notificarse a Defensoría Pública para que asuma la defensa, el defensor público tiene la obligación de comparecer a la audiencia y presentar una debida defensa técnica; caso contrario, se pondrá en conocimiento del Consejo de la Judicatura para que investigue sus actuaciones”.

El juez dio paso al pedido de cinco de los acusados, Fabiola Gallardo, expresidenta de la Corte de Guayas; Pablo Muentes, exlegislador socialcristiano; y los jueces Guillermo P., Johann M. y Alberto L., de participar en su defensa junto con sus abogados.

Asimismo, se ofició al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI) para que se disponga el traslado a la corte de los procesados que guardan prisión en diferenes centros penitenciarios del país: Pablo Muentes, que se encuentra privado de la libertad en el Centro de Privación de Libertad de Varones n.° 3 Guayas “La Roca”; Fabiola Gallardo, en el Centro de Privación de Libertad Femenino de Cotopaxi con traslado a Tungurahua; Johann M., en el Centro de Privación de Libertad de Varones Cotopaxi; Reinaldo C. (arresto domiciliario); Henry T., en el Centro de Privación de Libertad de Varones Cotopaxi; Fausto A., en el Centro de Privación de Libertad de Varones Cotopaxi; Guillermo V., en el Centro de Privación de Libertad de Varones Pichincha; Silvia O., en el Centro de Privación de Libertad Pichincha Chillogallo; y Alberto L., en el Centro de Privación de Libertad de Varones Pichincha.

Y se notificó al Consejo de la Judicatura, la Procuraduría General del Estado y el Banco del Pacífico como acusadores particulares. (I)