Promoción preelectoral no se castiga por vacío legal

Promoción preelectoral no se castiga por vacío legal

La promoción de nombres o rostros de dignatarios que tienen potencial de reelección se vuelve común, pero difícil de sancionar.

Varios alcaldes y prefectos del país son publicitados durante la inauguración de obras, campañas de salud, talleres de capacitación e, incluso, en jornadas deportivas, lo que ha generado críticas.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) está consciente del escenario. Pero reconoce que no puede sancionar a las autoridades que promocionan sus figuras, al no estar en vigencia un período electoral o de inscripción de candidaturas.

Expertos coinciden en que hay un vacío legal para sancionar ese tipo de promociones que, sin embargo, no dejan de ocurrir en diferentes ciudades.

La primera alerta vino el pasado 17 de septiembre. Ese día, en el noroeste de Guayaquil, se entregó una vivienda a una familia que perdió su casa durante un incendio.

Llamó la atención que el inmueble, pintado de celeste, tuviera un gran logo con el nombre de la alcaldesa Cynthia Viteri.

El concejal Egis Caicedo (PSC) minimizó las críticas y aseguró que no existe una campaña anticipada para una reelección. “No hay recursos públicos (usándose para promoción), lo que se está haciendo es que se colocó el nombre de los que gestionaron la construcción de la vivienda, pues se trata de donaciones”.

Caicedo afirmó que, hasta el momento, se han levantado 22 casas a nivel cantonal. “La misma gente lo pide: ‘yo quiero tener el nombre de la alcaldesa’”, argumentó el concejal.

En sitios ubicados en cantones como Durán y Milagro, en Guayas, han aparecido murales con el rostro y el nombre de la prefecta Susana González, con un fondo amarillo característico del PSC.

En Guayaquil, también hay paredes pintadas alusivas a Viteri, en las que se le agradece por la obra pública. 

González es directa: dice que su voluntad es seguir trabajando por la provincia y que el exalcalde porteño, Jaime Nebot, le ha brindado el respaldo. Sin embargo, se desligó de la responsabilidad de la promoción y afirmó que se trata de respaldo de simpatizantes.

La alcaldesa Viteri también descartó que haya una promoción y dijo que aún no ha pensado en la posibilidad de reelegirse. “Faltan dos años, tenemos un trabajo inmenso por hacer”, sostuvo Viteri.

El analista político Esteban Ron recordó que el Código de la Democracia determina que el control y fiscalización del gasto electoral se regula a través de ciertas instituciones jurídicas, que deben revisar las actividades de las organizaciones políticas y de los candidatos en dos ámbitos: campaña y actos de precampaña o campaña anticipada.

En este sentido, detalló, en caso de incumplimientos se establecen dos responsables: las organizaciones políticas y los candidatos, pero siempre dentro del tiempo en que se desarrolle el proceso electoral.

SDLqLas atribuciones y funciones hacen que el CNE y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) analicen y juzguen, en el ámbito de las competencias de cada uno, incumplimientos y posibles infracciones a las determinaciones legales”, explica Ron. Añade que “esas infracciones pueden ser exceso de gasto, gasto no autorizado, campaña no autorizada y contenidos de las mismas”.

Para Daniel González, experto electoral, el CNE podría aplicar el artículo 219 del Código de la Democracia que prohíbe el uso de recursos públicos para promocionar sus nombres u organizaciones políticas. “El CNE debe actualizar y proceder a levantar posibles infracciones”, considera.

El pasado 1 de octubre, el prefecto de El Oro, Clemente Bravo, inauguró un puente Bailey de 13 metros en la parroquia San José, ubicada en el cantón Atahualpa. En las gráficas se observó una gigantografía que llevaba su rostro.

Lo mismo ocurrió el martes en Santa Elena con el prefecto José Villao, durante una campaña social para adultos mayores y madres, en Salinas.

Los departamentos de comunicación de las dos prefecturas rechazaron que se trate de una campaña anticipada.

Antecedentes

El CNE informó que en la campaña electoral de las seccionales del 2019, no se detectaron indicios de infracciones electorales por uso de la voz, nombre e imagen de autoridades electas. Por lo tanto, no se emitieron sanciones.

Esa información  se basa en reportes de las Delegaciones Provinciales Electorales.

La normativa que sanciona la promoción de autoridades en época electoral está en los artículos 203 y 207 del Código de la Democracia.