Conjuez de la Corte Nacional declara la validez procesal en el caso Metástasis y da paso a que Fiscalía emita su dictamen acusatorio
Casi un mes después de que el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Manuel Cabrera, suspendió la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio e ingresó en el denominado caso Metástasis e ingresó a deliberar los argumentos escuchados en la primera parte de la diligencia, el magistrado en su resolución oral declaró la validez procesal de todo lo actuado y rechazó los vicios de nulidad expuestos por las defensas de los 37 procesados.
El 16 de agosto pasado y luego de dos días de diligencia, el conjuez temporal ingresó a deliberar sobre los vicios de nulidad expuestos por los abogados de las 37 personas que son investigadas por el delito de delincuencia organizada. El fiscal general subrogante Wilson Toainga es quien tiene a cargo la acusación, mientras que como acusador particular está la Procuraduría General del Estado.
La mañana de este miércoles 11 de septiembre se reinstaló la diligencia en la que el conjuez Cabrera dio su resolución oral, en la que básicamente negó los vicios de nulidad respecto a la competencia, procedibilidad y prejudicialidad planteadas por los procesados. Por ejemplo, declaró improcedente los vicios de nulidad relacionados a la competencia del conjuez Cabrera, aclarando que no existe ninguna causal para que se excuse para no seguir en el procesamiento penal, ni tampoco se encuentra contaminado o no tiene imparcialidad al haber resuelto dentro de los doce procedimientos abreviados resueltos antes de esta diligencia.
Cabrera también respondió a los vicios de prejudicialidad y procedibilidad expuestos en los dos primeros días de audiencia. En relación a ellos, el conjuez señaló, entre otras cosas, que no existe vulneración del trámite definido, que no se evidencia una vulneración de trascendencia que genere un vicio de nulidad y no existe una vulneración al principio “non bis in idem” (no ser juzgado dos veces por la misma causa).
El conjuez nacional dividió en quince puntos el análisis respecto de los vicios de nulidad expuestos por los sujetos procesales investigados y los respondió, primero, en grupo a los vicios generales y, segundo, de forma individual. Le tomó algo más de una hora a Cabrera dar a conocer su resolución oral. “En consecuencia a todo lo referido este juzgador declara la validez procesal de todo lo actuado”, señaló Cabrera.
En esta causa la Fiscalía investiga una “empresa criminal” que estuvo liderada por el asesinado narcotraficante Leandro Norero. La misma habría estado conformada por una cúpula y colaboradores, los cuales,en conjunto, tenían el objetivo de conseguir fallos judiciales, obtener beneficios penitenciarios y tener información privilegiada de jueces, fiscales, policías y peritos en casos en los que estaban siendo procesados Norero, varios de sus familiares y cercanos a su organización criminal.
Cuatro procesados son ubicados por la Fiscalía como parte de la cúpula de la “organización criminal”: Fabián Yilmar C. B., alias Yanqui; Christian Giovanni R. M., alias Globalpax; Javier Edmundo J. M. y Javier Alexander N. A., alias Novita o Novi. Las restantes 33 personas sospechosas son ubicadas como colaboradores de la organización, entre ellos, el expresidente del Consejo de la Judicatura y exjuez de la CNJ, Wilman Terán; elexasamblepísta de la Revolución Ciudadana, Ronny Aleaga; así como jueces y exjueces provinciales, agentes policiales, funcionarios judiciales, exfiscales, servidores penitenciarios, abogados en libre ejercicio y dos exintegrantes del Comité de Pacificación de las Cárceles.
En la parte final de esta primera parte de la audiencia intervinieron el fiscal Toainga y la representante de la Procuraduría para solicitar que se desechen los argumentos expuestos por los investigados para sustentar que existen vicios de nulidad y declare la validez de todo lo actuado. Desde ambas instancias se le aseguró al conjuez nacional que se han cumplido todas las normas legales y se han respetado todos los derechos de los sujetos procesales investigados.
Ante la alegación transversal hecha por una buena parte de las defensas respecto que el conjuez Cabrera carece de competencia en este caso, debido a que emitió sentencias en doce procedimientos abreviados, en los que existió un adelanto de criterio del magistrado en cuanto al fondo de la causa, Toainga aclaró que el juez ni ha adelantado un criterio ni ha perdido competencia por ejercer las atribuciones que le confieren las leyes en este tipo de procedimientos especiales.
El fiscal general subrogante pidió que se desechen los argumentos expuestos por los abogados de procesados, ya que no se ha vulnerado derecho alguno, se ha respetado cada una de las normas establecidas en lo que tiene que ver con el debido proceso, el derecho a la defensa, el acceso al expediente, ...
“Reitero se declare la validez procesal, rechazando los argumentos, pues cumple con los principios que exige el derecho procesal como son el principio de especificidad, legalidad, trascendencia y convalidación suficientemente explicados. Es necesario que se declare la validez procesal y se continúe con la siguiente fase de la audiencia preparatoria de juicio”, refirió en la parte final de su exposición Toainga.
Una vez Cabreraq declaró la validez procesal de lo actuado inmediatamente se pasará a la segunda fase de la diligencia, es decir, a la etapa preparatoria de juicio, cuyo centro es el dictamen acusatorio de Fiscalía y el anuncio probatorio que haga la institución para enfrentar un posible juzgamiento ante un Tribunal de la Corte Nacional. (I)
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