Vicepresidenta Verónica Abad denunció por presunta violencia política a Daniel Noboa

Vicepresidenta Verónica Abad denunció por presunta violencia política a Daniel Noboa

Una denuncia por presunta violencia política interpuso la vicepresidenta de la República, Verónica Abad Rojas, en contra del primer mandatario, Daniel Noboa Azín, en medio de una ruptura en la relación política e institucional que mantienen las dos autoridades electas en los comicios generales anticipados del 2023.

La denuncia fue ingresada al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el jueves 8 de agosto de 2024, en contra de Daniel Noboa al que acusa de incurrir en violencia política, se informó en el organismo.

Aunque, se desconoce el contenido del documento, ya que aún no ha sido sorteada para el conocimiento de un juez.

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En la Vicepresidencia en Quito no hubo información al respecto, pues se trata de un proceso que lo impulsa Abad, del que no es parte la institución.

Desde diciembre del 2023, el presidente Noboa envió a Verónica Abad a Tel Aviv (Israel) para que cumpla funciones de embajadora por la paz en el conflicto bélico con Palestina.

Actualmente, fue trasladada a la embajada de Ecuador en Ankara (Turquía) debido a la escalada de tensiones en el Medio Oriente, y la advertencia del gobierno israelí a sus habitantes y, en este caso, a los funcionarios diplomáticos de otros países, para que se resguarden ante posibles ataques armamentistas.

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Abad ha cuestionado a Daniel Noboa y su Gobierno de coartar su libertad de expresión, no otorgarle vacaciones, de iniciar procesos judiciales en contra de sus familiares y, de no disponer su retorno al Ecuador, pese a la situación política en Israel.

El Código de la Democracia contempla a la violencia política como una infracción electoral muy grave que puede ser sancionada con una multa de 21 hasta 70 salarios básicos; destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.

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A esta infracción, la norma la conceptualiza como la «agresión cometida por una persona o grupo de personas, directa o indirectamente, contra de las mujeres candidatas, militantes, electas, designadas o que ejerzan cargos públicos, defensoras de derechos humanos, feministas, lideresas políticas o sociales, o en contra de su familia».

Establece trece causales por las que se configura, entre ellas, «amenazar o intimidar en cualquier forma a una o varias mujeres o a sus familias, y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan». (I)