Notificación de fallo escrito en caso Metástasis abre la puerta a que se planteen desde recursos de ampliación y aclaración, hasta apelaciones

Notificación de fallo escrito en caso Metástasis abre la puerta a que se planteen desde recursos de ampliación y aclaración, hasta apelaciones

Una vez el Tribunal de Juzgamiento del caso Metástasis notificó este martes,18 de febrero, su decisión por escrito con la que ratificó la sentencia como culpables del delito de delincuencia organizada contra 20 procesados por el delito de delincuencia organizada, los sujetos procesales podrán presentar los recursos horizontales de ampliación y aclaración sobre el fallo, así como también el recurso de apelación de la sentencia de primer nivel.

Los jueces Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Pablo Loaiza, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) fundamentaron por escrito su sentencia oral emitida el 25 de noviembre pasado contra Xavier N. A., alias Novi o Novita, como líder fue sancionado a diez años de cárcel; mientras que el exjuez de la CNJ y expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, alias Diablo; Pablo Ramírez, exdirector del SNAI, además de otras 17 personas identificadas como colaboradores, recibieron condenas que van desde los tres años y cuatro meses de cárcel hasta los nueve años y cuatro meses de prisión.

Alias ‘Diablo’ recibe en el caso Metástasis la pena agravada de nueve años y cuatro meses de cárcel al ser ubicado como colaborador de una ‘empresa criminal’

Notificado el fallo, los sujetos procesales que han intervenido en el juzgamiento tienen la posibilidad de recurrir a los recursos horizontales de ampliación y aclaración, establecidos en el artículo 253 del Código Orgánico General de Procesos (Cogep). Esta norma señala que la aclaración tendrá lugar en caso de una sentencia oscura y la ampliación procederá cuando no se haya resuelto alguno de los puntos controvertidos o se haya omitido decidir sobre frutos, intereses o costas.

Como medidas de reparación se dispuso para los trece sentenciados el pago de una indemnización que será cancelada de manera solidaria por todos los condenados. La cantidad fue definida en la sentencia por escrito en $ 4 millones.

Además, como medida de satisfacción del derecho violado se dispuso la publicación de la Ratio Decidendi y de la Sentencia en tres diarios de amplia difusión nacional a cargo de los sentenciados. También para garantizar el cumplimiento de las medidas de restitución, se ratificaron las medidas cautelares de orden real sobre los bienes de los sentenciados y se dispuso el comiso de las acciones, participaciones y demás derechos que tengan las personas jurídicas que han servido para la consumación del delito, tales como SEINPRO y León Realty INC, esta última con sede en Panamá.

Independientemente de los recursos horizontales de ampliación y aclaración, los condenados tienen el derecho a plantear un recurso vertical de apelación. Este recurso, según el artículo 653 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que procederá en seis casos, entre los que está las sentencias.

En el artículo 654 del COIP, que habla del trámite del recurso de apelación,señala que podrá interponerse este recurso por los sujetos procesales, de acuerdo con reglas como que se interpondrá el mismo ante el tribunal dentro de los tres días de notificado el auto o sentencia. El juzgador o tribunal, se indica en la norma, resolverá sobre la admisión del recurso en el plazo de tres días contados desde su interposición.

QUITO (25-11-2024).- Xavier N., alias Novita, durante la Audiencia de lectura de sentencia en el juicio del caso Metástasis, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Se explica que de admitirse el recurso a trámite, el juzgador o tribunal remitirá el proceso a la Sala en el plazo de tres días contados desde que se encuentra ejecutoriada la providencia que lo conceda. Recibido el expediente, la sala respectiva de la corte, convocará a los sujetos procesales a una audiencia, dentro del plazo de cinco días subsiguientes a la recepción del expediente, para que fundamenten el recurso y expongan sus pretensiones.

Terán, Ramírez, los exjueces Ronald Xavier G. C., Johan Gustavo M. M. y Carlos Alfredo Z. N.; la exfiscal del Guayas, María José A. C.; la perito policial Doris Soraya O. F.; los expolicías Armando Heriberto R. T., Ángel Danilo L. P.; Frnando Andrés G. A. y Edinn Alexander I. C. fueron ubicados como colaboradores y a su sentencia se sumó la agravante de haber sido servidores públicos al momento de la comisión del delito. Por ello se les impuso una pena de nueve años y cuatro meses de prisión.

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Otros cuatro procesados identificados como colaboradores y que no fueron servidores públicos se les definió una sentencia de siete años de prisión. Entre ellos están la exguía penitenciaria Katherine Pilar G. A., el abogado Kevin Alexander P. V.; el ciudadano Braulio Gabriel M. O. y el empresario Eduardo Alejandro R.P.

Finalmente a tres personas acusadas como colaboradoras se les tomó en cuenta atenuantes y recibieron penas reducidas de tres años y cuatro meses de privación de la libertad. En la lista están la exintegrante de la Comisión de Pacificación de las Cárceles, la colombiana Claudia Milena G. P.; y los abogados en libre ejercicio Sofía Nathaly G. M y César Manuel A. (I)