Trabajo por horas ‘sin afectar derechos de trabajadores y garantizando beneficios’, propone la pregunta E del referéndum del 21 de abril

Trabajo por horas ‘sin afectar derechos de trabajadores y garantizando beneficios’, propone la pregunta E del referéndum del 21 de abril

Reformar la Constitución y el Código del Trabajo para permitir la contratación a plazo fijo y por horas es lo que plantea la pregunta E del referéndum que impulsa el Gobierno del presidente Daniel Noboa y sobre el que se pronunciarán los ecuatorianos en las urnas el próximo 21 de abril.

La propuesta divide opiniones. Para expertos en materia laboral no va a solucionar directamente los niveles de desempleo que hay en el país, pero va a acorde con la vanguardia respecto a las nuevas formas de contratación que hay en el mundo. Mientras para gremios sindicalistas podría “precarizar el trabajo” y consideran que existen otros frentes que se están dejando de lado.

“¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código del Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo?”, dice la pregunta.

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Si gana el sí se harán cambios en el artículo 327 de la Constitución y en el 14 del Código del Trabajo para dejar sentado que estas formas de laborar no significan precarización.

El Ejecutivo fundamenta su planteamiento por el nivel de desempleo en Ecuador. Citando cifras de la Cámara de Industrias y Producción, señala que de los 8,4 millones de personas que conforman la Población Económicamente Activa (PEA) a junio de 2023, unos 2,9 millones (34,5 %) tienen un empleo adecuado frente a 5,1 millones (61,4 %) que tienen un empleo en condiciones no adecuadas.

Frente a esa brecha de 2,2 millones entre las personas con un empleo adecuado y aquellas en condiciones no adecuadas, el proyecto de consulta popular pretende incorporar una figura contractual que flexibilice el mercado laboral ecuatoriano, termine con la irregularidad y amplifique las oportunidades de encontrar un trabajo formal y adecuado.

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Según el Gobierno, estos nuevos contratos no afectarían los derechos adquiridos de los trabajadores y se podrán celebrar entre un empleador y un trabajador si es por primera vez.

Andrés Madero, exministro de Trabajo y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Ecotec, dice que si bien todo lo que busca generar empleo para el país es positivo, ya que siete de cada diez ecuatorianos no tienen un empleo formal, si gana el sí en esta pregunta se tendrá una nueva modalidad de contratación, pero no está garantizado que vaya a generarse más empleo.

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“Si el mercado laboral no está requiriendo trabajadores no va a hacer contrataciones por más que exista un contrato a plazo fijo o por horas... el empleo no se genera por ley si no por un ambiente económico estable”, dice y cree que esto debe ir de la mano de “un impacto productivo de crecimiento y de medidas que generen nuevos medios de producción, industrias y canales económicos, acceso a créditos, entre otras acciones.

Asimismo, dice que será clave que el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, cumpla con vigilar de cerca que se mantengan los mismos derechos y beneficios sociales con los que dio paso a la pregunta la Corte Constitucional. Además comenta que estas modalidades de contratación ya existieron hasta el 2008 y que fueron eliminadas.

Entre las complicaciones que pueden generarse si gana el sí, dice Madero que será necesario que el Ejecutivo defina con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social el mecanismo para que se garanticen todos los beneficios a quienes trabajen en estas nuevas modalidades para lo que sugiere que estos nuevos tipos de contratos no superen el año.

Desde las organizaciones sindicales, José Villavicencio, presidente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), expresa su rechazo a la pregunta E y califica a toda la consulta de “innecesaria” y que su objetivo real es modificar el artículo 327 al igual que la pregunta D, referente al arbitraje internacional.

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“El contrato por horas y a plazo fijo no es un tema nuevo y estuvo vigente en gobiernos anteriores desde el 2000 y se aplicó hasta inicios del gobierno de Rafael Correa y ya nos demostraron que este tipo de contratos no resuelven el desempleo y que hubo abuso y precarización y volver a consultar un problema que no funcionó y que no resolvió el problema en este país nos hace pensar que quieren legalizar la informalidad”, subraya.

Valor de hora de trabajo dependerá de salarios básicos de cada sector

Aún no está claro cuál sería el valor de la hora para un trabajador ya que los valores dependerán de los salarios básicos de cada sector. Desde el Ministerio de Trabajo se ha especificado que se reconocerán horas extraordinarias o suplementarias con recargo del 50 % y hasta del 100 %.

La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, explicó semanas atrás que, si se aprueba la pregunta, el costo de la hora de trabajo sería, al menos, de entre $ 5 y $ 6.

Precisó que actualmente, para determinar el valor de la hora de trabajo, el Código Laboral establece que se divida el salario básico para 240 horas (que resultan de 8 horas de trabajo diario, multiplicadas por los 30 días que tiene un mes).

Ahora bien, lo que plantea el Ministerio del Trabajo es que el salario básico no se divida para las 240 horas, sino sobre 160 horas (que resultan de 40 horas de trabajo semanales, multiplicadas por las 4 semanas que tiene un mes).

Al dividir el salario básico unificado vigente, que es de $ 460, para las 160 horas da como resultado $ 2,9, aproximadamente. A ese monto se deben agregar los valores proporcionales por décimo tercer y décimo cuarto sueldos, vacaciones y aportes al seguro social. Con todo eso, el valor de la hora de trabajo oscilaría en las cifras estimadas por el Ministerio del Trabajo.

Núñez aclaró que los valores se incrementarán si la jornada laboral también se desarrolla en horas extraordinarias o suplementarias. “Ese costo hora tendrá, en unos casos, el recargo del 50 % y en otros casos el 100 %”, puntualizó y puso de ejemplo si se trabaja durante un fin de semana, la hora de trabajo estará por encima de los $ 8.

No obstante, para Villavicencio estos beneficios no se concretarían ya que dice que al ser un contrato por horas no se podría definir un horario a menos que se regule desde el Ministerio de Trabajo. Asimismo, sobre el que estos contratos se puedan suscribir solo si son por primera vez considera que es un ofrecimiento muy amplio que terminará haciendo que los trabajadores no tengan estabilidad y pasen de empleador en empleador.

“En la práctica lo que va a suceder es que van a contratar y despedir y así y siempre va a haber esa primera vez, pero con diferentes empleadores y esto afecta a los derechos fundamentales como es tener estabilidad y toda la protección para un trabajador”, apunta. (I)