Asamblea Nacional tramita en primer debate la ley urgente para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras

Asamblea Nacional tramita en primer debate la ley urgente para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras

Para este miércoles 12 de febrero y de manera virtual está convocado el pleno de la Asamblea Nacional para tramitar en primer debate el proyecto urgente para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras del Ecuador.

La convocatoria a la sesión del pleno la realizó el primer vicepresidente de la legislatura, Otto Vera, y está prevista que la conexión empiece a las 10:30.

El proyecto de ley urgente en materia económica fue presentado por el presidente de la República, Daniel Noboa, y busca establecer un marco normativo que promueva y fortalezca el emprendimiento económico de las mujeres emprendedoras para lo cual se fijan una serie de medidas fiscales, financieras y de inclusión económica con el fin de que las mujeres emprendedoras puedan acceder a recursos financieros, mejorar los mercados y a la capacitación.

En las normas contenidas en este proyecto de ley que analiza la comisión permanente de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social se incluyen disposiciones para reducir las trabas burocrática y mejorar el acceso a financiamiento.

Según el contenido del proyecto el Ministerio de la Producción, Comercio Exterior Inversiones y Pesca será el encargado de aplicar e implementar este proyecto sin perjuicio de las competencias que tengan otras carteras de Estado.

Las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y de economía popular y solidaria deberán establecer programas que garanticen el acceso de las mujeres emprendedoras en toda su diversidad a los servicios financieros formales, para ello, deben eliminar las barreras que dificulten su participación.

Estos sectores financieros otorgarán líneas de créditos preferenciales, periodos de gracia y plazos flexibles para las mujeres emprendedoras del Ecuador, garantizando en todo momento la solvencia y prudencia financiera. Están prohibidas las acciones y criterios de discriminación para la aprobación de las solicitudes de crédito, para ello, las Superintendencias de Bancos y de Economía Popular y Solidaria serán las encargadas de supervisar el cumplimiento de esta disposición. (I)