La ‘no declaración’ de Sánchez se filtra sin imagen minutos después de que el juez la entregase a las partes

La ‘no declaración’ de Sánchez se filtra sin imagen minutos después de que el juez la entregase a las partes

Casi ocho semanas han transcurrido entre el pasado 30 de julio, día en el que el juez Juan Carlos Peinado acudió a La Moncloa para tomar declaración a Pedro Sánchez como testigo en el caso que afecta a su esposa, Begoña Gómez, y este lunes, cuando se ha producido la filtración de esa grabación. El presidente del Gobierno había solicitado responder al magistrado por escrito, como permite la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los miembros del Gobierno cuando van a comparecer en una instrucción como testigos por hechos que han conocido por razón de su cargo; pero Peinado rechazó dicha solicitud al considerar que el interrogatorio era en su condición de marido de Gómez (imputada por tráfico de influencias y corrupción en los negocios), y no como jefe del Ejecutivo. Finalmente, Sánchez se acogió a su derecho a no declarar, también previsto en la ley para los cónyuges de los imputados en una causa.

El audio con la no declaración del presidente del Gobierno, de menos de dos minutos de duración, se ha conocido apenas una hora después de que el Juzgado se lo facilitase a las partes (acusaciones y defensas) este mismo lunes. De momento solo ha trascendido el audio, pese a que a las partes se les ha facilitado también el vídeo —aunque las imágenes se han entregado a cada una de las partes con una marca de agua distinta que permiten identificarlas—.

El audio ve la luz, además, un mes después de que, en una providencia, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ordenase trasladar copia de la grabación a las acusaciones personadas. Tomó la decisión a pesar del criterio de la Fiscalía, que sostiene que el magistrado impulsa una investigación “carente de indicios” y prospectiva —prohibida por la legislación—, e insistió en que la entrega de la copia de la grabación a las partes, entre las que figuran el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias y Vox, “no debería producirse” con el “fin de evitar filtraciones y que la misma acabe divulgada de forma improcedente”, algo que finalmente ha sucedido este lunes.

Así se desarrolló el breve interrogatorio al presidente del Gobierno:

—¿Nos puede decir cuál es su nombre y apellidos? —preguntó Peinado.

—Pedro Sánchez Pérez-Castejón.

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—Mire, se trata de practicar un diligencia, consistente en la toma de declaración, si usted desea declarar, por lo que le informaré a continuación, en un procedimiento que se sigue en el Juzgado de Instrucción 41 de Madrid con el número de diligencias previas 1146/2024. En ese procedimiento existen en este momento tres personas que tienen la condición de investigadas y le voy a preguntar si con alguna de ellas tiene usted algún tipo de relación. La primera de ellas se llama Begoña Gómez Fernández. ¿Con esta persona tiene algún tipo de relación, de parentesco, de amistad, de enemistad...?

—Es mi esposa.

—Muchas gracias. ¿Respecto de Juan Carlos Barrabés?

—No.

—¿Y respecto de Joaquín Goyache?

—Tampoco.

—Como consecuencia de que usted ha manifestado que una de las investigadas es su esposa, está usted dispensado de declarar en todo aquello que pudiera perjudicarle. Si bien es cierto que hay otras dos personas con las que ha manifestado que no tiene ningún tipo de relación; pero también el mismo artículo que le dispensa a usted de declarar respecto de su esposa prevé la posibilidad de que tampoco declare en todo aquello que quepa la posibilidad de perjudicar o comprometer a su esposa. Una vez que creo que esto está suficientemente informado, lo primero que tengo que preguntarle es si usted va a acogerse a la dispensa de declarar o, por el contrario, quiere prestar declaración.

—Señoría, me acojo a la dispensa del artículo 416.

—¿No desea prestar declaración respecto de ninguna de las preguntas que se pudieran haber formulado?

—Deseo acogerme al derecho que tiene reconocido la ley.

—Pues muchísimas gracias. Se da por concluida la diligencia.

“Sacar conclusiones”

En la misma providencia, fechada el 22 de agosto, en la que autorizó la entrega de la grabación a las partes, el magistrado sostenía que se pueden sacar “conclusiones” del “silencio” de Sánchez. Esa afirmación fue esgrimida por la Abogacía del Estado para pedir la ampliación de la querella de prevaricación contra Peinado.

La doctrina del Tribunal Constitucional al respecto se refiere al silencio de un acusado en un juicio, lo que afectaría solo a Begoña Gómez y en el caso de se abriese tal juicio, pero no a Sánchez, que declaraba como testigo. En respuesta a un recurso de amparo, el Constitucional invocó la doctrina sentada en el caso Murray del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y señaló que solo puede “justificarse” que se extraigan consecuencias negativas del silencio, cuando, “existiendo pruebas incriminatorias objetivas al respecto, cabe esperar del imputado una explicación”.

La Abogacía General del Estado presentó, en representación del presidente del Gobierno, un escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que sostiene que Peinado practica una “injusticia intrínseca” y “contraviene la doctrina existente”, con el resultado de “la infracción del deber que corresponde al juez en la aplicación de sus facultades”.

La Abogacía del Estado alegaba en su escrito, que ante la “serie de hechos nuevos que se han producido”, en referencia a la mencionada providencia del magistrado del 22 de agosto, “lo verdaderamente buscado con estas actuaciones en todo lo que atañe a la Presidencia del Gobierno es darle una publicidad que precisamente es incompatible con el régimen de toma de declaración en estos casos y no la eficacia procesal o investigación alguna, partiendo de inferencias donde no puede haberlas o haciendo interpretaciones forzadas o artificiosas de preceptos legales o principios procesales”.

También en su día, la propia Begoña Gómez pidió que solo se grabase su declaración ante el juez en audio, no en vídeo. Su abogado, el exministro socialista Antonio Camacho, advertía del “uso inadecuado” que pudiera hacerse posteriormente de esas imágenes, “dada la relevancia publica” de su cliente. Peinado también rechazó entonces la petición, alegando que Gómez no tenía “la condición de autoridad” y porque “todos los españoles son iguales ante la ley”. Las imágenes acabaron saliendo a la luz.